Cossío lo define así:”Se dice del cortijo o cerrado que se dedica a mantener
bueyes, no sólo para la labranza, sino, en su caso a los destinados a la conducción del ganado
bravo.”
El Cortijo, en parte aboyado, daba todavía bastante para invernar quinientas
reses bravas (S. y S.1910).
El Diccionario de la Real Academia de la Lengua lo define como: 1. Dícese
de la finca rústica, posesión o heredad que se arrienda juntamente con bueyes para labrarla. 2.
Dícese de la finca rústica o terreno cerrado que se destina al mantenimiento del ganado
vacuno.
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